Tipos de gravamen ITP Castilla La Mancha
Por lo tanto, en la modalidad de "Transmisiones Patrimoniales Onerosas" es preciso tener en cuenta que (Art. 19-20 ,Ley 8/2013, de 21 de noviembre):
- A las transmisiones de inmuebles y a la constitución y cesión de derechos reales que recaigan sobre los mismos, con excepción de los derechos reales de garantía, se les aplicará, con carácter general, el tipo de gravamen del 9%.
Se aplicará el tipo de gravamen del 9% a las concesiones administrativas y a los actos administrativos asimilados de constitución de derechos, siempre que los actos lleven aparejada una concesión demanial o derechos de uso sobre bienes inmuebles de titularidad de entidades públicas. La posterior transmisión onerosa por actos 'inter vivos' tributará, asimismo, al tipo del 9%
- Se aplicará el tipo reducido del 6% a las transmisiones de inmuebles que tengan por objeto la adquisición de la primera vivienda habitual del sujeto pasivo, siempre que el valor real de la vivienda no exceda de 180.000€ y se cumplan las siguientes condiciones:
- Que la adquisición se financie en más del 50% mediante préstamo hipotecario sobre el inmueble adquirido, concertado con alguna de las entidades financieras a las que se refiere el artículo 2 de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario, cuyo importe no exceda del valor declarado de la vivienda adquirida; y que la adquisición de la vivienda y la concentración del préstamo hipotecario se realicen en la misma fecha. (Novedad desde el 28/12/2019)
- Que el valor real de la vivienda sea igual o superior al valor asignado a la misma en la tasación realizada a efectos de la mencionada hipoteca.
- Se aplicará el tipo reducido del 6% a la promesa u opción de compra, incluida en el contrato de arrendamiento de la vivienda que constituya la residencia habitual del sujeto pasivo, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Que el sujeto pasivo tenga menos de 36 años y conste su fecha de nacimiento en el correspondiente contrato.
- Que el contrato de promesa u opción de compra reúna los requisitos necesarios para su inscripción en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria.
- Que la vivienda se encuentre calificada dentro de alguna de las clases y tipos de viviendas con protección pública según la normativa de Castilla-La Mancha.
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